Las leyes malas
(Puede verse también del mismo autor Biblia y gobierno limitado, Cristianismo y capitalismo y Las Leyes Malas y el Camino de Salida)
Mucha gente cree que las malas leyes son las viejas y obsoletas, como aquella que alude a los caballos como medio de transporte. No es así. No todas las leyes viejas son malas, ni todas las nuevas son buenas. Y contra lo que se cree a menudo, las leyes no son como las camisas o los zapatos, que deben cambiarse cada tanto porque se gastan.
“Las leyes son buenas, lo malo es que no se cumplen”, se oye decir. Sin embargo en Guatemala hay más de 2.000 leyes contrarias a las actividades económicas y a la creación de riqueza, al más elemental sentido de la justicia, a la moral común, a la lógica y a la razón también, y a las reglas de la gramática, sin mencionar los mandatos de Dios, a los que también contradicen. ¿Cómo llamarles? Son las leyes malas.
Sus efectos más dañinos y perversos son: la deficiente administración de justicia y consiguiente criminalidad; el desaliento al comercio, la industria y los servicios; los ahorros e inversiones en medida insuficiente; la deficiente calidad en la educación y los servicios médicos, y en definitiva el desempleo, la pobreza y la emigración. Su más común denominador: se inspiran en doctrinas contrarias a los principios de Gobierno limitado, mercados libres y respeto a la propiedad privada. Las hay de 8 géneros y 43 especies. Hay que derogarlas a todas, ¡de urgencia!
I. Actividades y relaciones productivas
1) Las leyes de permisos y licencias demandan infinidad de exigencias, pagos y cauciones, y someten a todo emprendedor a un penoso calvario de controles, trámites y papeleo, con sus inspecciones y fiscalizaciones, multas e inhabilitaciones. Como demostró el investigador peruano Hernando de Soto, en todos los países son la causa primera de la inactividad e improductividad económicas, y de la pobreza endémica. Y de la corrupción.
Estas leyes elevan artificialmente los costos de hacer negocios, en especial los nuevos. Por eso tantas empresas cierran, y otras jamás se inician, tantos empleos mueren, y otros nunca nacen; y por eso hay siempre tan poca competencia, por lo cual muchos empresarios monopolistas u oligopolistas maltratan a sus clientes, a sus trabajadores y a sus proveedores. Pero no es culpa del “capitalismo salvaje”. Es porque políticos y burócratas no confían en la competencia libre –y en su defecto los jueces– como garantías suficientes de los derechos individuales.
2) Los controles de precios restringen la oferta, causan escasez y carestía artificiales, y comercio clandestino (“mercados negros”), pero no obstante, aún se dictan. O leyes “Proconsumidor”, de similares efectos y defectos. Porque ¿quiénes deciden si son “justas” las condiciones en que se exhibe, se oferta, se vende y se compra algo en un comercio? ¿o si los precios están “a la vista”, o si la atención y el servicio posventa son “apropiados” o no? Los todopoderosos inspectores, fiscales y funcionarios. Sin embargo es la competencia abierta la que brinda la mejor protección al consumidor, que es la opción de elegir por una alternativa abierta y disponible, en competencia. Si no le gusta a Ud. una tienda, los artículos, o la atención, pues se va a la de enfrente. Y si la tintorería le causó a Ud. un daño o perjuicio cierto y comprobable, antes estaban los jueces y tribunales ordinarios, que aplicaban el Derecho ordinario, el de los viejos Códigos, mucho más justo y efectivo.
Estas dos primeras categorías de leyes son abortivas de inversiones y empresas, y anticonceptivas de puestos de trabajo. Como tantas otras, al restringir las opciones para escoger, perjudican a los mismos que declaran defender, pues les angostan el abanico de ofertas y las oportunidades a los consumidores y a los usuarios. Y al disminuir las fuentes de empleo, también dañan a los trabajadores y demás proveedores.
3) Las leyes Antimonopolio o Pro Competencia son malas porque no van contra el verdadero monopolio, que por definición es un privilegio legal concedido en exclusividad a una o unas empresas y negado a otras, que otorga una ventaja no de mercado para el o los favorecidos de este modo. Las autoridades gubernativas son las únicas que pueden conceder estos privilegios, y les bastaría con no conferirlos si de verdad desean evitar monopolios.
Sin embargo estas leyes castigan a las empresas eficientes y competitivas, y favorecen a las ineficientes y menos capaces. Por ej. algunas suponen arbitrariamente que “competencia desleal” es vender con descuentos promocionales. O sea, ¡vender más barato! Otras penalizan supuestos o reales acuerdos cartelísticos de fijación de precios, o restrictivos de la producción, etc. Pero de haber estos acuerdos, en mercados abiertos serían rápidamente desafiados por otros oferentes y productores más eficientes en pos de su beneficio, ¿quién dejaría pasar una oportunidad así? Así una empresa ineficiente obligada por su incompetencia a vender a precios elevados, demanda por “competencia desleal” a otra más eficiente, que vende a precios inferiores, ¡y la saca del mercado! Las empresas más competitivas, con menores costos, son acusadas por compañías marginales (en sentido económico: con desempeños mediocres y altos costos), muchas de ellas con reales monopolios conferidos por las autoridades.
En la época de las invasiones bárbaras –la“Edad Oscura” o Alta Edad Media– se vivía bajo un sitio permanente, en pequeñas aldeas incomunicadas, y no había competencia. Las autoridades políticas, militares, gremiales o eclesiásticas promulgaban normas como p. ej. el “justo precio” forzado, o penalizaban la “usura”. Normas discutibles y discutidas ya en su época. Pero hoy son ridículas. La competencia abierta entre empresas operantes y potenciales de todo un país y del exterior, mantiene bajos los precios, alta la calidad, y elevados los salarios; sin necesidad de este tipo de leyes, que logra efectos contrarios a los declarados. Igual que en los casos de las leyes antiempresa de las dos primeras categorías, estas perjudican a los consumidores, proveedores y trabajadores, que quedan con menos oportunidades.
4) Las leyes “Antidumping” aplican similar filosofía a las importaciones: vender más barato es un delito. Estas leyes son autorizadas por los Tratados “de Libre Comercio”; lo cual prueba que no lo son. Y se basan en la absurda teoría leninista (por su expositor más famoso, V. I. Lenin) del “dump” (arrojar), que imagina a empresarios extranjeros deseosos de vender sus mercancías a pérdida con el fin de “hundir” a sus competidores nacionales y “conquistar” así unos lejanos mercados, muy pobres en poder de compra. Ridículo otra vez: si bienes importados entrasen al país a venderse más baratos, sería razón para comprarlos de preferencia, ¡y no para prohibir o castigar su compra!
¿A quiénes se perjudica? Como siempre, a usuarios y consumidores, privados de artículos importados. Y a las empresas que emplean insumos importados. Este “proteccionismo” anti-importaciones es peor que el arancel, porque los derechos antidumping son inciertos, ya que se fijan en cada caso y por la vía de denuncia, y pueden ser mucho más altos, llegando hasta los tres dígitos porcentuales; mientras que los aranceles raramente pasan de los dos.
5) Las leyes de empresas estatales favorecen con privilegios monopolistas a sus jefes y administradores, empleados y proveedores, en detrimento de la competencia, y casi siempre del contribuyente. Cada empresa estatal tiene su ley. Son empresas infecundas o poco fecundas, y por lo general subsidiadas. Benefician a su personal, a sus contratistas y subcontratistas privilegiados, y a sus clientes preferenciales. ¿Y a quiénes perjudican?
— Si hay subsidios, perjudican a los contribuyentes, obligados a pagar estos premios a la incompetencia. Y a las firmas privadas que soportan su competencia desleal.
— Si no los hay, sus altos costos se reflejan en sus altas tarifas, y también dan sombra a incompetentes firmas privadas del ramo, que se aprovechan simulando “competir” en ventaja con las estatales, como corredores mediocres que simulan “competir” con un paralítico.
— Y los haya o no, perjudican a quienes sin otras opciones soportamos sus ineficiencias y/o pérdidas, trasladadas hacia delante (usuarios o clientes), o hacia atrás (proveedores). Y a veces a sus empleados y trabajadores no privilegiados, con muy bajos sueldos. Y perjudican a las empresas potenciales impedidas de iniciarse, o pequeñas e imposibilitadas de crecer, por causa de estos entes improductivos con privilegio de no quebrar. (Pero la quiebra no es un problema, es la solución al problema: la ineficiencia).
Por eso la privatización de las empresas estatales es condición ineludible de la reducción a niveles racionales del gasto llamado “público” –que en realidad es estatal, y no siempre en interés público–; de la necesaria capitalización popular que se requiere en nuestros países; y de la exigencia ética del deber de soportar la competencia, correlato del derecho a competir (por eso los monopolios estatales no deben meramente convertirse en monopolios privados). Pero su privatización debe acompañarse de la liberalización de los mercados, y derogando las leyes malas, para que de inmediato encuentren los despedidos otros empleos, mucho mejores: más eficientes, más productivos, y mejor remunerados.
6) Las leyes de “promoción” de sectores agrícolas, fabriles o de servicios, conceden privilegios diversos en operaciones, insumos, contrataciones, créditos, etc. Benefician a ciertas y determinadas fincas, fábricas, empresas, cooperativas o firmas de tal o cual clase. Les eximen de obligaciones reglamentarias o fiscales, o les favorece en el acceso a ciertos suministros (por ej. capital). Y a las demás les ponen las cosas mucho más difíciles, obligadas a operar y a competir en peores condiciones. Y perjudican al resto de la sociedad, a la cual se le recortan opciones.
Así se decretan estímulos artificiales y transferencias invisibles y forzadas de recursos a espaldas de los mercados; es decir, del público. Se privilegia a unos productores a costa de otros, provocando huida de inversiones hacia los sectores “prioritarios”. Se imponen criterios políticos y burocráticos antieconómicos para la asignación de recursos y factores. Se causan rigideces, parálisis, distorsiones y escaseces artificiales. Los costos más altos en las áreas no privilegiadas, se suman y multiplican –reduciendo así los recursos y capacidades potenciales de todos– y se arrastran hacia abajo en la pirámide social, hasta los más débiles e incapaces de trasladarlos, que los deben absorber. Estas ineficiencias causan pobreza.
En cambio cuando se permiten funcionar a los mercados sin distorsiones, sus precios expresan prioridades sociales de verdad, conforme a criterios racionales y económicos, que son: abundancia o escasez, costos relativos, curvas o posibilidades de sustitución, y preferencias de los consumidores y empresarios, y de los propietarios de factores: capitalistas, trabajadores, y gerentes. Y la asignación de recursos es un proceso dinámico y flexible, donde los cambios en las utilidades esperadas reflejan con ductilidad y presteza los cambios en gustos y preferencias, en suministros y tecnologías a la mano, y en ofertas y demandas, etc. Hay riesgos, pero los empresarios deben afrontarlos, si quieren gruesas y honestas ganancias.
Y si queremos una economía productiva y rica para todos, los Gobiernos deben ser neutrales, y los negocios regirse por meras ganancias y pérdidas que reflejen necesidades y demandas del público, no decretazos y capacidad de cabildeo. Para productores y empresas, la disciplina de los mercados libres es más severa, más justa y más racional que la torpe vara del Gobierno.
7) Las leyes de propiedad intelectual contra la supuesta “piratería” tienen muchos abogados: los Gobiernos de EEUU, y esos extraños defensores del capitalismo cuya causa identifican con lo que hagan los jefes de turno en la Casa Blanca y el Capitolio. Alegan que la intelectual es una clase especial de propiedad privada, sobre bienes intangibles tales como obras o invenciones, tan justificable y defendible como sobre bienes físicos o tangibles. Pero con la excepción de las marcas, eso no es así:
— Porque es imposible el consumo de un bien físico por dos o más personas a la vez, y por eso es posible a su propietario legítimo excluir de su consumo a los ladrones, con costos relativa y razonablemente bajos.
— Pero las óperas y canciones infantiles, recetas de cocina, novelas y filmes, inventos e innovaciones tecnológicas o de diseño, programas de software, etc., son bienes intangibles, que cualquiera puede usar y disfrutar, mediante sus soportes o bases tangibles, sin privar de su uso y disfrute a otros; y por eso son tan elevados y problemáticos (y dolorosos) los costos de excluir a quienes no hayan pagado un derecho.
Por eso el pago de derechos se justifica en el caso de las marcas, porque se protege la calidad bajo un nombre propio registrado; pero no en los copyrights, y menos aún en las patentes. Sin embargo, tramposamente se pretende asimilar los tres casos bajo el discutible genérico “propiedad intelectual”. No se trata con una escasez real, como en los bienes físicos, sino que se crea artificialmente una escasez donde lo que hay es abundancia de posibilidades de uso. Por eso son leyes constitutivas de reales monopolios, con injustos y empobrecedores efectos. Perjudican muy especialmente a la economía informal, o sea, de nuevo: a los más pobres. Y a los enfermos en el caso de las medicinas y fármacos.
8) Las licencias de radio y TV amordazan a la prensa. Como muchas leyes malas, se basan en un supuesto falso: que el espectro radioeléctrico es limitado, y por eso las frecuencias deben ser del Estado, que las adjudica a los concesionarios, sobre los cuales impone así un control opresivo. Por esto es tan escaso el número de estaciones emisoras de radio y TV con señal abierta. Hay muy poca competencia, por eso su programación deja mucho que desear. Los propietarios de los medios no lo son, sino meros concesionarios; y ello les subordina y supedita al Estado, y por consiguiente a los sectores políticos. Aunque esta dependencia o sujeción la entienden como el precio que tienen que pagar por su nicho de monopolio u oligopolio, al cual buen provecho le sacan.
En un régimen liberal, las empresas difusoras de radio y TV serían titulares de la propiedad de sus frecuencias, y de los derechos de ocupante legítimo, de primer ocupante, o de actual ocupante. De darse interferencia a una señal, el caso podría ser juzgado en tribunales, como intromisión a propiedad ajena, igual que la invasión a un inmueble urbano o a un predio rural. Habría más competencia: más y mejores emisoras, mayor cobertura y variedad. Y más probabilidades de imparcialidad y hasta de objetividad en las noticias y comentarios.
II. Impuestos
Los Gobiernos asumen que gastan nuestro dinero mejor que nosotros mismos, ya que conocen mejor nuestras “necesidades reales”. Pero no es así. Toda carga tributaria por encima del costo de un Gobierno limitado a la provisión de seguridad, justicia y obras públicas, es excesiva y antieconómica, injusta e inmoral.
Cada billete de más que se paga al Fisco implica una sustitución ineficiente, porque se deja de gastar por la vía privada (más eficiente) en comida, ropa, calzado, vivienda, matrícula escolar, cine, transporte, medicina, etc. y etc. Son servicios que dejamos de demandar, y que por eso dejan de producirse. Nuestros ingresos menguan, las ventas caen, la economía se contrae, el ahorro es imposible, y el empleo decrece. La carga tributaria excesiva es causa de las empresas que no se inauguran, o no crecen, o reducen o cierran sus operaciones. De empleos directos que no se generan, e indirectos que tampoco ven la luz. De sueldos y salarios que no se ganan; y que por eso no adquieren rubros que tampoco se producen.
9) Hay tasas exageradas. Resultan productos más caros, porque a través de los corredores productivos el impuesto se traslada en los precios intermedios y finales, hacia afuera de la empresa –adelante o atrás, al cliente o al proveedor–; y en última instancia también hacia abajo en la pirámide social, hacia el pobre, que no puede seguir trasladando. Los megaimpuestos tampoco satisfacen sus ambiciosos objetivos fiscalistas porque reducen la recaudación cuando asfixian las actividades gravadas y las desaparecen, matando las “gallinas ponedoras”. Eso se llama “efecto Laffer” en honor a Arthur Laffer, el economista que lo enunció.
10) Y las hay punitivas, como el de tasa progresiva a los ingresos y ganancias, que más castiga a quien más y mejor trabaja y sirve al prójimo. Para “pechar a los ricos” impone sobretasas a quienes declaran ganancias elevadas. Sus montos se recargan a los precios de las mercancías que se fabrican, importan o venden, con lo cual se encarecen; y si no pueden hacerlo, pues los ricos no dejan de satisfacer sus gustos caros, pero sí dejan de invertir, y por consiguiente de crear riqueza y empleos. Quien se perjudica no es el rico. Porque algunos ricos pagan consultores para hallar formas de evasión, cuando las hay. Pero eso no es lo malo; ¡eso es lo bueno! Porque así ellos pueden invertir ese dinero en crear o ampliar sus fincas, fábricas o comercios, brindando empleos a la clase media y a los pobres. Lo malo es cuando no hay escapatoria. Porque entonces, ¿reducen los ricos su tren de vida y consumo, o su ahorro para el futuro? No. ¿Qué sacrifican ellos? Sus inversiones. Deben esconder la riqueza o llevarla a otra parte. ¡A producir y a crear empleos en otros países! Así se nos perjudica a todos, y sobre todo a los más pobres. Más que un impuesto, la sobretasa progresiva es un disuasivo a la inversión, dictado en beneficio de las carreras políticas de los demagogos, e inspirado en el innoble sentimiento de la envidia, motor de la ideología socialista. Análogo es el impuesto a los artículos “de lujo”: el rico no deja de comprar su yate por el impuesto al lujo, simplemente reajusta el precio del refresco, el zapato o lo que sea aquello que nos vende.
11) Hay impuestos disfrazados, mal disimulados en los precios, como el IVA a las ventas o a las transacciones o como sea le llamen.
12) Hay impuestos disfrazados que además son fraudulentos: loterías estatales, que dan en premios muy ínfima parte de su recaudación; son un impuesto a la ignorancia de las leyes probabilísticas. El estatismo multiplica los lotos y quinos. Así le sacan dinero a la gente; y a cambio le dan una falsa esperanza que les ayude a sobrellevar su mal pasar, y asunto para fijar su atención y distraerla. Y le enseñan a esperar su provisión del azar o la fortuna; no del trabajo, el ahorro, y la prudencia de juicio. Por ello las empresas de juegos deben ser privadas -como en los países menos estatistas- y en libre competencia. Así racionalizan sus costos, aumentan la cantidad de premios entregados, e incluso pagan al Fisco sus propios y legales impuestos.
13) La inflación es un impuesto, oculto e invisible, a los tenedores de saldos líquidos, que beneficia al Estado, y a sus contratistas y allegados, y perjudica a los asalariados y perceptores de rentas fijas, es decir a los más pobres, obreros y trabajadores, y en especial “la viuda y el huérfano” en términos bíblicos. Y las leyes de bancos centrales son las que permiten inflar el dinero; es un fraude, una forma legal de falsificarlo, mucho peor que la falsificación ilegal, porque la cantidad es tal que envenena todo el curso monetario, degradando cada billete emitido el poder de compra de cada billete existente. Sin embargo le sirve a los estatistas para culpar a los comerciantes y empresarios “especuladores” de las alzas en los precios.
14) Hay un impuesto enorme y diferido: la deuda estatal, cuya carga se traslada para el futuro. La deuda de hoy es el impuesto de mañana, y el impuesto de hoy, la deuda de ayer.
15) Muchas multas, algunas muy elevadas y muy discutibles en su justificación, son en realidad verdaderos impuestos disfrazados.
16) Todas las leyes reglamentaristas estimulan la popular “mordida” o “coima”, un tributo impuesto, aunque ilegal, por el funcionario deshonesto, que cobra inmediata y directamente con cargo a su propio bolsillo, acallando su conciencia con el pretexto de un sueldo muy bajo. ¡Pero no se cuenta como impuesto!
17) Hay impuestos discriminatorios, que hacen “acepción de personas” (o de empresas).
— Con excepciones y descuentos que “absuelven” a ciertas empresas o actividades decretadas como prioritarias. Así, otras actividades y sectores, aún de mayor prioridad económico-social, pero sin privilegios, son sobretributados en comparación, y de ellos desertan inversiones y recursos. Esas fugas hacia la incompetencia equivalen a reducciones en la actividad más productiva, a cesantías y desempleo. Pobreza.
— Y sobretasas para otras políticamente “incorrectas” (tabacos, bebidas, turismo, viajes y otros “lujos”). El funcionario se arroga así un derecho de elección que es del consumidor, y tiene una preciosa fuente de extorsiones.
En conclusión:
— Los impuestos no deben ser al capital ni a las transacciones sino a los ingresos netos: salarios, utilidades, rentas o ganancias después de reinversiones.
— Deben ser claros, planos y uniformes, e iguales para todos como las leyes, bajos en su tasa, no encubiertos, y con la sola finalidad de sostener el gasto genuinamente público: pago de sueldos y salarios –gasto “corriente”, que no es algo malo– y a los contratistas de obras públicas. Y deben ser neutros; es decir: instrumentos de financiación, no de “redistribución” u otros “fines de política económica”.
— Principio general de la justicia contributiva: los impuestos que exceden los recursos para satisfacer los gastos propios del Estado en sus funciones propias son confiscatorios y por eso injustos, e inmorales; y por tanto no hay obligación moral de pagarlos.
III. Moneda, banca y finanzas
18) Las leyes de crédito público son cada vez más favorables al endeudamiento estatal crónico, en perjuicio del contribuyente. El crédito no debe ser un recurso corriente para gasto corriente, sino un recurso extraordinario para casos extraordinarios. El endeudamiento estatal es mal ejemplo. Empresas, familias e individuos (y bancos) se acostumbran a vivir endeudados, llenos de compromisos irrealistas, contraídos fuera del marco de sus posibilidades. No es bueno, y ello vale también y sobre todo para los Gobiernos.
Debería volverse al uso muy limitado del crédito público, sólo para financiar una obra pública, y mediante bonos; el éxito o fracaso en su colocación o suscripción masiva operaba antes como un referendum popular para la obra en cuestión.
Las leyes de bancos centrales (13) consagran el sistema de dinero puramente fiduciario y sin respaldo metálico, permitiendo su expansión sin límites, causa de la inflación de precios. Las siguientes dos clases de leyes son complementarias de ellas:
19) Las leyes de curso legal nos obligan a usar el dinero emitido por los bancos centrales, aún cuando haya sido excesivamente inflado y depreciado. No podemos emplear otro.
20) Las leyes de “encaje legal” autorizan a los bancos a mantener reservas “en caja” por sólo una fracción de sus depósitos, con lo cual aumentan la inflación de medios de pago, y así benefician a los bancos, y a quienes por lo general asociados al Estado toman préstamos en condiciones de favor. Perjudican a usuarios de crédito económicamente más eficientes, aunque políticamente menos influyentes. Y distorsionan el sistema de precios del capital, impidiendo la asignación racional de recursos financieros escasos a fines alternativos. Otra causa de la pobreza.
21) Las leyes de bancos establecen puntillosos requisitos que benefician a los bancos existentes, con las apropiadas “conexiones” políticas, en perjuicio de los que podrían crearse. No han servido para evitar toda clase de insolvencias, falencias, fraudes y dolorosos fracasos.
— Además, bajo estas leyes, ser un banco comercial, hipotecario, universal, regional etc. no depende de su giro y de las operaciones, sino de la voluntad del funcionario que autoriza desde su escritorio. Este “nominalismo” bancario es ocasión de las dolosas colusiones entre banqueros y políticos que hay en todos los países.
— Se obliga a los bancos a conceder créditos para ciertos sectores a intereses preferentes, en detrimento de otros, a quienes se les aumentan los suyos, para compensar.
22) Las leyes de seguros estatales para los depósitos bancarios no siempre cumplen su cometido, y además tienen un efecto muy perverso: los bancos exitosos (casi siempre los buenos) son obligados a ingresar fuertes sumas anuales a fondos cuyos caudales sirven para subsidiar préstamos preferenciales a los bancos “en dificultades” (casi siempre los malos). Es preferible el seguro privado.
IV. Bolsa, seguros, cambios
23) Las leyes de mercado de capitales también benefician injustamente a las casas de bolsa existentes en perjuicio de las otras que podrían crearse pero nunca surgen (excepto si hay “conexiones”). Igual es con compañías de seguros (24) y casas de cambio (25).
26) Los controles cambiarios establecen varios precios a la divisa extranjera, otorgando precios de preferencia a ciertos privilegiados, en perjuicio de los otros que deben pagar precios mucho mayores en el mercado libre. Prácticamente obligan a su violación, ocasionando numerosas e innecesarias corrupciones y fraudes.
V. Discriminaciones e injustos privilegios
27) Los aranceles “proteccionistas” son impuestos a las importaciones, que las encarecen artificialmente, y a los rubros con ellas elaborados. Otorgan al productor nacional un privilegio, que condena al consumidor a pagar un sobreprecio. Los Neo-Liberales nos dijeron que los “derechos antidumping” (4) sustituirían a los aranceles; pero se han superpuesto ambos, sobreprotegiendo a los productores locales incompetentes contra las importaciones.
28) Los subsidios, financiados con impuestos y multas, son injustificadas transferencias de rentas, desde los contribuyentes hacia los beneficiarios privilegiados: grupos de interese especiales a favor de tal o cual sector de la actividad económica. Y también grupos de intereses “no económicos” (no lucrativos, dudosamente), que alegan un supuesto compromiso con la ciencia, cultura, bellas artes, salud, deporte, etc.
Los subsidios son en parte responsables del astronómico nivel del gasto estatal, y por eso de los impuestos excesivos, de la inflación y del endeudamiento. Perjudican a los contribuyentes. Y también a quienes soportan la competencia desleal de los subsidiados; y a los consumidores de sus respectivos bienes y servicios, que deben pagar sobreprecios compensatorios. También originan agrios e interminables conflictos políticos entre sectores y gremios por el reparto de los fondos. Y al igual que los aranceles, sus efectos difusos llegan a incontables perjudicados.
Los subsidios se gastan conforme al dictado del funcionario, y no a la libre elección y satisfacción del público. De otro modo irían a parar a otro tipo de empresas o servicios, más competitivos, que así no pueden crearse o desarrollarse, ni producir más riqueza y generar más servicios y empleos. Otra causa de la pobreza.
29) Las leyes reglamentaristas de profesiones y oficios establecen privilegios en base a dudosos criterios, en detrimento de quienes carecen de influencia. Casi cada rama profesional o técnica cuenta con la suya. Protegen a los agremiados contra la libre competencia. Son verdaderos monopolios: el carnet gremial sustituye a la capacidad y habilidades de conductores, locutores, barberos, peinadoras y manicuristas, cocineros y mesoneros, periodistas, entrenadores, modelos, maestros y profesores, etc.
Estas leyes son similares a las leyes de permisos y licencias (1): perjudican a los usuarios, que deben soportar los pésimos desempeños de los carnetizados; a las instituciones y empresas que deben contratarles a falta de otros; y a los más competentes que no tienen las apropiadas conexiones políticas. Y son fuente de corrupción.
30) Las leyes de alquileres favorecen a ciertos inquilinos que contrataron en el pasado, y perjudican a los nuevos, pues acaban con los incentivos para dar viviendas en alquiler. Protegen a un pequeño grupo de aprovechados e intermediarios, perjudicando a los propietarios de esas viviendas alquiladas. Reducen la oferta para dar en arrendamiento; y matan a la industria de la construcción de viviendas para ofrecer. Dañan a los demandantes, por ej. matrimonios y familias jóvenes que no consiguen alquilar.
31) Muchas leyes malas crean problemas que después se pretenden “resolver” con leyes peores. Ejemplo: cuando alquilar y dar en alquiler se torna imposible, viene la fiebre de la “¡casa propia ya!” Y aparecen las leyes de crédito para la vivienda. La “solución”: rebajan o congelan los intereses de los deudores hipotecarios, y así perjudican a los otros usuarios de créditos, pues los bancos les deben cobrar tasas mayores para compensar pérdidas.
32) No es sólo en la economía. De modo análogo las leyes electorales y de partidos políticos benefician injustamente a los partidos existentes en perjuicio de los que podrían crearse. Y las leyes de culto (33) a las iglesias establecidas.
VI. Trabajo, sindicatos, inflación
34) Las leyes salariales y obreras fijan condiciones laborales que sólo pueden cumplir las empresas grandes y fuertes, y que de todos modos contratan a los obreros más calificados. Y perjudican a los desempleados, sobre todo a los más jóvenes e inexpertos que comienzan a trabajar, quienes podrían ser contratados en empresas menos rentables, con salarios menores. Y a los de mayor edad, que tampoco hallan puestos por las altas cargas del “Inseguro” Social.
35) Las leyes de contratación colectiva protegen a los trabajadores menos capaces y/o menos cumplidores, y desestimulan a los mejores, al garantizar las mismas condiciones a todos por igual, con independencia de los resultados.
36) Las leyes sindicales amparan a los obreros agremiados, y a sus jefes y caudillos, a expensas de los buenos trabajadores, que soportan la competencia desleal de los incompetentes. Y a costa de los empleadores, y de los consumidores que deben pagar precios encarecidos.
37) Las leyes “protectoras” de infantes y adolescentes penalizan el trabajo de los jóvenes en tareas sencillas: barrido y limpieza, ayudantías, mandados, etc. Les impiden así ganarse la vida dignamente, apoyar a sus familias pobres, y aprender un oficio. Les arrojan a las calles: al vicio, a la prostitución, al crimen y/o a la mendicidad.
De estas leyes salariales, obreras y “sociales”, ¿sabía Ud. que se “equilibran” en sus efectos con las leyes inflacionarias?
— Las primeras tienen un potente efecto antiempleo: obstaculizan el inicio de nuevos negocios y el crecimiento de las empresas, causando desempleo, especialmente entre los trabajadores menos calificados, y entre los más jóvenes y los más viejos, pues impiden la creación de empleos de baja calificación y salarios acordes a su menor preparación y/o experiencia y productividad.
— Pero la inflación tiene un potente efecto anti-ingreso y anticonsumo, que “compensa” de modo perverso el anterior. Provocada por los Gobiernos para aumentar su parte en la riqueza, la inflación les permite a los empleadores pagar bajos salarios reales manteniendo abiertas sus empresas. Luego viene retrasado el decreto o ley de incrementos nominales en mala moneda, dictado para equilibrar a la inflación, lo cual logra sólo en una ínfima parte, y muy tarde.
VII. Actividades “sociales”
38-39) Las leyes de “educación” y “salud” no dan resultados, juzgadas por sus fines declarados: no logran educación ni atención médica, al menos de calidad. El misterio se aclara al entender que no son esos los reales objetivos: no se pretende enseñanza y salud, sino adoctrinamiento y control. No siempre lo logran, pero a largo plazo son sus fines.
La educación es algo que compete a padres y maestros y estudiantes, no a los Gobiernos. Y el concepto de “Salud Pública” procede de una indebida y abusiva extensión del concepto de Salubridad, función legítimamente incluida entre las Obras Públicas, pero no más allá de sus fronteras: alude a focos epidémicos, y a una tarea que a nuestros “gobernantes” no les gusta cumplir: la recolección de residuos. La creen indigna de sus “elevadas misiones” (¿?) Prefieren “regir los altos destinos de la nación” (los nuestros) a recoger la basura; por eso se amontona.
40) Las leyes del seguro social establecen fondos colectivos en base al sistema del pote común: los pagos de los beneficiarios no salen de buenas inversiones privadas sino de las cotizaciones de quienes van ingresando. Los magros beneficios que pagan a los muy pocos y afortunados elegibles son costeados de modo indiscriminado por los cotizantes activos. Lo irónico es que si lo hace un particular es un delito, y se llama fraude Ponzi o “la bicicleta financiera”; pero si lo hace el Estado se llama “solidaridad social”.
VIII. Criminalidad y justicia
41) En la justicia actual, la pena se centra en el victimario: la cárcel; y la víctima se olvida. En la noción de justicia punitiva o vengativa, la idea era castigar. En la justicia “social” es “regenerar” al delincuente, y “reinsertarlo” en la sociedad; lo que poco se logra. Pero el medio es el mismo: privación de la libertad. Y el enfoque: se centra en el delincuente.
Hay otro concepto: la justicia resarcitoria o compensatoria, centrada en la víctima. En el derecho bíblico la mayor parte de las penas son de resarcimiento/compensación. Las cárceles se mencionan en la Biblia sólo en los casos de perseguidos políticos y disidentes religiosos, objetores de conciencia como el Profeta Jeremías y el Apóstol Pablo. Y la regeneración es obra del Espíritu Santo, no del carcelero. En este concepto, si el delincuente se reforma y redime, ¡Gloria al Eterno!, pero ese no es el fin de la pena. Es restablecer a la víctima a la condición anterior al delito si es posible, o de lo contrario brindarle una compensación, pecuniaria en la mayoría de los casos. Más que encerrar al criminal, hay que ponerle a trabajar. Si hay razones para sospechar potencial peligrosidad y probable reincidencia, podría ir a la cárcel; pero no en otro caso. Así las víctimas serían atendidas, y las cárceles se desatestarían. El trabajo en la cárcel serviría para sostener en lo económico al sentenciado, en lugar de condenar a esa pena al contribuyente.
La justicia resarcitoria o compensatoria tiene otra ventaja: se presta mejor a ser aplicada por árbitros antes que jueces. La justicia arbitral se diferencia de la judicial en que no aplica el Derecho estrictamente sino la equidad. Y puede desarrollarse con mucho provecho en el ámbito civil, y no sólo penal.
42) De las Leyes antidroga ya no se sabe qué resultados se esperan: en país alguno reducen las ventas, la producción o el tráfico. Al contrario: año a año aumenta la compra, el consumo, la siembra y fabricación, y el comercio ilegal de sustancias sicotrópicas y estupefacientes. Y se incrementan exponencialmente los delitos ligados al tráfico: millares de consumidores pobres se prostituyen y/o se hacen revendedores minoristas, ladrones o asesinos sólo para pagarse el vicio; impera la corrupción en todas las esferas; y las interminables guerras entre pandillas.
Y en urbes y campos reina el crimen, porque las policías, tribunales y cárceles se atestan con casos de droga; y los otros no son propiamente perseguidos y juzgados. Pero el estatismo, en vez de aplicar el mismo remedio que con la Ley Seca (derogación), aprovecha para incrementar sus inquisiciones y controles a los privados, para “investigar el origen de los fondos”!
43) Por fin, las leyes ambientalistas declaran perseguir un “desarrollo sostenible” pero el efecto es impedir el desarrollo. Manipulan con fines políticos la ciencia, que hoy es la religión popular. Con acusaciones puramente alarmistas y sin evidencias suficientes, hipótesis exageradas y conjeturas sin fundamento, frenan el progreso de las tecnologías, las industrias, las empresas y las naciones. Agenda oculta: dar nuevos y mayores pretextos a los Gobiernos para decretar más controles, y más burocracia, y más impuestos.
Las Leyes Ambientalistas recurren al fraude científico casi siempre, en orden a un fin político: prohibir o limitar el uso privado de recursos que sin mayor investigación suponen agotables o no renovables, riesgosos, no degradables, etc. No obstante, mucha literatura científica -no política- dice la verdad sobre el clima, la capa de ozono, la lluvia ácida, los transgénicos, el DDT o la degradación de los plásticos; p. ej. “Mitos y fraudes”, excelente portal Web de la Asociación Argentina de Ecología Científica.
Para las iglesias debería ser claro el trasfondo neopagano y anticristiano de la (no tan) nueva religión panteísta de la Diosa-Madre Naturaleza. El neo-malthusianismo nos dice que Dios no sirve como Autor del Universo, porque los recursos naturales no alcanzan: erró al calcularlos, o al mandar “multiplicarse y llenar la tierra”. El cambio climático muestra que el Creador debería revisar todos sus conocimientos de ciencias; así como de Economía también, a la luz de la crisis global de los mercados, que según los estatistas deja mal parado al principio bíblico de Gobierno limitado.
Vea la paradoja: la publicidad capitalista invita a consumir y usar más de sus productos; los gritos de batalla de las Leyes Ambientalistas son “No use” o “Use menos”, hasta tipificar el consumo como un delito. ¿Por qué? Porque los productos, servicios y recursos económicos todavía son bienes privados, mientras que el ambiente y los recursos naturales ya son bienes comunes y estatales, o cuya comunización y estatización se pretende. Sin embargo el ambiente y los recursos más contaminados del mundo son los de países ex comunistas. Bajo un régimen capitalista, los dueños de bienes privados no permiten su contaminación; al contrario, se cuidan muy bien de desarrollarlos, y al máximo de su potencial, impidiendo o corrigiendo aquello que les hace perder valor.
Los ecologistas catalogan cada vez más “problemas y crisis ambientales”, y son problemas y crisis de dos tipos:
A. Inventados o forjados con fines propagandísticos, como pretexto para coartar los derechos individuales y ampliar los gubernamentales.
— Son eventos catastróficos de dimensiones colosales, apocalípticas, que cada tanto son cambiados: hoy es el Calentamiento Global, pero antes era la nueva Era de Hielo.
— Solución exigida: más estatismo, y global. Y los ecologistas tienen mucho dinero, e inundan con sus gritos y exigencias a la opinión pública, falta de tiempo y espíritu de investigación para oír “la otra campana”. Eso pasa con todas las leyes malas, y los impropios y mentirosos argumentos para justificarlas.
B. Reales. A diferencia de los inventados:
— No son catástrofes cósmicas, sino problemas y crisis de contaminación o polución, circunscritas a áreas más o menos limitadas, pero que producen daños y perjuicios tangibles, ciertos, verificables y comprobables…
— … habiendo deficiencias en la especificación de los derechos de propiedad sobre los recursos naturales, o restricciones a los arreglos de mercado en base a precios, entre propietarios de recursos, que de otro modo serían posibles. Por ello tienen dos remedios prácticos: especificar mejor esos derechos de propiedad, y remover esas limitaciones a los contratos, para incentivar los intercambios. Mediante contratos, arreglos o sentencias judiciales o arbitrales, los propietarios privados de los recursos naturales –y los jueces o árbitros– pueden dar a los problemas reales del ambiente soluciones mucho mejores que las leyes antinegocios.
La infección se extiende
Casi todas las leyes malas son especiales; y se multiplican como hongos, por la actividad de los grupos de intereses especiales. Cada grupo de interés especial (económico, gremial, ideológico, religioso, político, etc.) quiere una ley, decretando privilegios exclusivos en su favor.
Vea Ud. un ejemplo: suponga que el Congreso dicta un impuesto a las importaciones, y una fábrica de calzados se perjudica por emplear cuero importado.
1) Su dueño, en lugar de procurar la remoción del impuesto, busca una excepción particular para su caso: una ley especial que con una excusa nacionalista, ecológica, “social” u otra cualquiera, le exima del impuesto.
2) Si eso no es políticamente posible, entonces procura alguna otra ley especial que le rebaje costos por otro lado:
— que le quiten un impuesto a los clavos, a la pega o cualquier otro insumo;
— que la empresa petrolera estatal le regale el combustible para sus camiones o se lo venda con descuento;
— que la ley comercial le afloje los requisitos contables;
— que la ley laboral le relaje las condiciones laborales;
— que la ley bancaria mande a los bancos a prestarle dinero barato;
— que la ley de educación obligue a las escuelas a comprarle zapatos .. etc. etc.
3) Y si nada de eso es políticamente posible, entonces procura alguna otra ley especial que dificulte las cosas y suba costos a su competidor, ¡el importador de zapatos!
Así se llenan de alambradas legales los corredores productivos. Los empresarios estatistas piensan “Me gusta el libre mercado pero no para mi negocio.” Aprecian las ventajas del libre mercado, pero en los otros: “que compitan entre ellos y reduzcan sus costos, así yo compro barato”. Así se benefician; y los políticos estatistas que reparten sus favores (y los cobran). Pero todos nos perjudicamos. E igual es con los grupos de intereses especiales no económicos.
Imagine Ud. todos los costos sumados, multiplicados y potenciados de las leyes malas, y tendrá la explicación a la vez de calamidades como la pobreza, la miseria, la injusticia, la violencia, la ignorancia, la sinrazón y la emigración que imperan en nuestro país.
Pero al mismo tiempo tendrá la solución: derogar las leyes malas. Todas. De inmediato.
El autor es abogado y Politólogo, Maestro Bíblico y autor del libro “Las leyes malas” (Guatemala, Artemis Edinter, 2009)
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