Doblemente indefensos: Inmigrantes ilegales no pueden poseer armas de fuego
DENVER. – Un tribunal federal de apelaciones rechazó el alegato de un inmigrante sin documentación para estar en Estados Unidos de que la Constitución le permitía el derecho de poseer armas.
Emmanuel Huitrón Guízar había argumentado que la Constitución le otorga ciertos derechos a los inmigrantes sin permiso en el país, como la garantía del debido proceso. La Segunda Enmienda constitucional estipula que “el derecho del pueblo a tener y llevar armas, no debe ser infringido” y Huitrón Guízar alegó que era parte de “el pueblo”.
Sin embargo, la Corte federal de Apelaciones del 10 Circuito, en Denver, determinó que el caso de Huitrón Guízar correspondía a la Ley para el Control de las Armas, de 1968, la cual prohibe la posesión de armas a nueve tipos de individuos, incluidos los inmigrantes sin autorización para estar en el país.
Admitió que hay cierta discusión sobre el significado de “el pueblo” y de los ciudadanos estadounidenses, pero expresó que el Congreso había ejercido legalmente sus facultades para distinguir entre ciudadanos y no ciudadanos.
“Ese Congreso consideró adecuado que excluir a los inmigrantes ilegales de la posesión de armas podía señalar su convicción, válida para nuestro sentido, de que esos inmigrantes, como clase, no poseen tal derecho constitucional”, precisó la corte.
Huitrón Guízar, de 24 años, nació en México, fue llevado por su familia al estado de Wyoming a los 3 años y nunca obtuvo la ciudadanía estadounidense. En marzo de 2011, la Policía cumplió una orden judicial de registro en su casa y encontró un fusil, una escopeta semiautomática calibre 12 y una pistola semiautomática.
Entonces se declaró condicionalmente culpable de ser un inmigrante sin permiso que poseía armas de fuego transportadas o transferidas en comercio interestatal. Fue sentenciado a 18 meses de cárcel y a una deportación posterior.
El abogado defensor Ronald Pretty manifestó el martes su convicción de que ese tipo de casos relacionados con las definiciones constitucionales de “pueblo” contrapuestos a “ciudadanos” podrían llegar hasta la Corte Suprema federal.
El tribunal de apelaciones del circuito encontró que la Constitución no define con claridad lo que es la ciudadanía estadounidense.
“Sabemos, por ejemplo, que la noción de ciudadanía de los fundadores (del país) era menos rígida que la nuestra, en gran parte vinculada al derecho a votar, la cual a su vez estuvo a menudo basada en poco más que un breve período de residencia y en ser un varón con algún capital”, dijo el panel judicial.
- 23 de julio, 2015
- 6 de septiembre, 2024
- 21 de abril, 2021
- 2 de septiembre, 2024
Artículo de blog relacionados
Instituto Juan de Mariana La amplitud de la base demográfica de las sociedades...
5 de mayo, 2011Por Danilo Arbilla ABC Color Qué lección la de Paraguay. Qué desautorización para...
29 de abril, 2013El Heraldo, Tegucigalpa Internet, la informática, está potenciando la transmisión de información que...
4 de diciembre, 2010- 21 de febrero, 2024