Panamá: Ministerio Público vs. Seguridad Jurídica
Nuestra Constitución Política establece, como atribuciones del Ministerio Público, defender los intereses del Estado o del Municipio, promover el cumplimiento o ejecución de las Leyes, vigilar la conducta oficial de los servidores públicos y cuidar que todos desempeñen cumplidamente sus deberes, perseguir los delitos y contravenciones de disposiciones constitucionales o legales, servir de consejeros jurídicos a los funcionarios administrativos y ejercer las demás funciones que determine la ley.
También señala nuestra Constitución Política, como una de las funciones especiales del Procurador General de la Nación, velar porque los demás agentes del Ministerio Público, desempeñen fielmente su cargo, y se les exija responsabiliedad por falta o delitos que cometan. Las normas que establecen lo señalado anteriormente, se encuentran contenidas dentro del capítulo segundo, del título VII, de nuestra Constitución Política, que trata sobre la Administración de Justicia.
Siempre me he mantenido dentro del principio de que la Administración de Justicia es la columna vertebral de la democracia y de que de la seguridad jurídica que resulte, del mejor cumplimiento, aplicación y efectividad de las normas jurídicas depende el fortalecimiento del sistema democrático y el desarrollo sostenible del país.
De todo lo afirmado anteriormente, se infiere que en esa institución tan importante del Estado Panameño, deben ser designados en sus cargos, funcionarios de reputada honorabilidad, capacidad académica indiscutible y con la firme convicción de lo que el fiel cumplimiento de sus atribuciones, representa, para el fortalecimiento de la democracia y de todas las instituciones de nuestro país.
Desafortunadamente, una triste realidad nos dice con hechos concretos que esa importante institución a la que nos estamos refiriendo, no se encuentra en las mejores manos y es manejada en sus despachos superiores por hombres que no mantienen el perfil que hemos mencionado. Los despachos del Procurador General de La República y de La Fiscalía Auxiliar de la República, recientemente han llevado a cabo deplorables actuaciones, que atentan contra los más elementales Derechos Humanos y garantías constitucionales de los panameños. Los deplorables recientes hechos conocidos, con conductas criminales por parte de las autoridades, no serán debidamente investigados, porque pretenden sustentarse en la reciente mal querida Ley 30, que otorga a las fuerzas armadas el derecho de reprimir de cualquier forma y sin ninguna consecuencia legal para sus componentes, a quienes nos atrevamos a luchar por la democracia, la justicia y la libertad.
Todo lo aquí expresado, nos obliga a los que estamos dispuestos a luchar por el adecentamiento de la administración de justicia, y alcanzar la seguridad jurídica, a mantenernos vigilantes y denunciar las actuaciones de los funcionarios mencionados, por los hechos ya conocidos y por conocer.
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