Otra vez la estabilidad laboral
Por Eduardo Farah
El Comercio
Nuestra legislación establece la separación de cuerpos y posterior divorcio, como vía para dar por concluido el matrimonio en el caso de que exista incompatibilidad de caracteres entre los cónyuges o porque alguno de ellos incurre en alguna falta conocida por la ley como causal.
Así, la conocida frase “hasta que la muerte los separe” muchas veces queda solo como un enunciado lírico, ya que la realidad supera la voluntad y en ese caso la ley no puede obligar a mantener una relación que marcha mal.
¿Pero a qué viene está cátedra jurídica que, por cierto, no es mi especialidad? Pues, solo he querido demostrar que si por mandato legal no es posible obligar a las personas a mantener un matrimonio, mucho menos pueden obligar a una empresa a mantener el vínculo con un trabajador con el que se ha deteriorado la confianza básica para una relación laboral, tal y como se intenta hacer con una pretendida estabilidad laboral absoluta.
En el caso de un divorcio, la ley busca que las partes puedan tener una separación razonable y justa, para lo cual se señala una pensión alimenticia, la forma como quedarán repartidos los bienes, la tenencia de los hijos, etc. En el derecho laboral también existen los medios que permiten culminar la relación con el adecuado resarcimiento económico al trabajador a través de una indemnización. ¿Qué sucedería si el Código Civil impidiera el divorcio a pesar de que las partes no se llevan bien?
Esta hipótesis que nos suena muy absurda es lo que se produciría en el ámbito laboral con una pretendida estabilidad absoluta: la imposibilidad del empresario de culminar con el vínculo laboral con un trabajador que no cumple adecuadamente con sus funciones o con el cual no existe una relación armoniosa que, finalmente, perjudica la producción.
¿Si la ley contempla un resarcimiento económico, por qué obligar a la empresa a mantenerlo? ¿Por qué el interés de retroceder a décadas pasadas que precisamente –por estos absurdos jurídicos– afectaron la creación de nuevos puestos de trabajo?
Creo que antes de evaluar la dación de normas de este corte deberíamos observar el volumen de jóvenes que año tras año egresan de los cientos de institutos y universidades con la ilusión de conseguir un puesto de trabajo que muchas veces no aparece, lo que los obliga a emigrar a otros países o a aprender de memoria las calles de Lima para poder dar un buen servicio de taxi.
Nos quejamos de que no hay empleo, pero nos empeñamos –vía la ley– en poner obstáculos insuperables para crear puestos de trabajo. Ha llegado el momento de ser coherentes, de ser realistas y de legislar en función de los intereses de los que vienen y no de unos pocos que ya se van.
Hagamos que la frase “hasta que la muerte los separe” sea cierta, pero agregándole “cuando las partes así lo quieran”.
El autor es Presidente de la Sociedad Nacional de Industrias
- 15 de agosto, 2022
- 3 de octubre, 2024
- 15 de diciembre, 2010
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