La violencia doméstica precisa de la defensa propia

6 de July, 2005

El 27 de junio, en la causa Castle Rock vs. Gonzales, la Corte Suprema resolvió que Jessica Gonzales no tenía un derecho constitucional a la protección policial contra un individuo privado, incluso ante la presencia de una orden de restricción. Por una votación de 7 a 2, se dispuso que Gonzales no tiene derecho alguno de demandar a su departamento de policía local por fallar en protegerla de su enajenado y, en última instancia, letal marido.

El debate post-mortem sobre Gonzales ha sido apasionado pero el mismo ha dejado de lado un punto obvio. Si el gobierno no va a protegerlo, entonces usted tiene que asumir la responsabilidad de su propia auto-defensa y de la de su familia.

No obstante, antes de analizar al fallo recaído en la causa Gonzales, resulta útil repasar los hechos y los argumentos que rodearon al caso hasta la fecha.

En 1999, Gonzales obtuvo una orden de restricción contra su enajenado esposo Simon, la cual limitaba su acceso a los hijos de ambos. El 22 de junio de 1999, Simon raptó a sus tres hijas. A la mañana siguiente, Simon cometió ”suicidio usando a la policía”. Es decir, disparó un arma repetidas veces a través de la ventana de una estación de policía y fue muerto por el fuego con el que se repelió su agresión. Los cuerpos asesinados de Leslie, de 7 años de edad, Katheryn, de 9 años y Rebecca, de 10, fueron encontrados en la cajuela de la camioneta de Simon.

El departamento de policía de Castle Rock, estado de Colorado cuestiona algunos detalles de lo que ocurrió con Jessica Gonzales hasta ese punto…pero ambas partes concuerdan en lo básico. Tras el rapto de sus hijas, Gonzales llamó en reiteradas ocasiones a la policía en busca de ayuda. Los oficiales visitaron su casa. Considerando que Simon no era violento y, discutiblemente, en cumplimiento del acceso limitado concedido por la orden de restricción, la policía no hizo nada.

Gonzales sostuvo que la policía violó su derecho de la Decimocuarta Enmienda al debido proceso y los demandó por $30 millones. Ganó en la instancia de apelación.

¿Cuáles fueron los argumentos que ganaron y que perdieron en la Corte Suprema?

Los ganadores: los funcionarios locales se apoyaron en una rica historia de fallos de los tribunales que consideraban que la policía no tiene ninguna obligación constitucional de proteger a los individuos de otros individuos privados. En el año 1856, la Corte Suprema de los Estados Unidos consideró (South vs. Maryland) que los oficiales encargados de hacer cumplir las leyes carecían de obligación afirmativa alguna de proporcionar dicha protección. En 1982 (Bowers vs. DeVito), el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito sostuvo que, “… no existe ningún derecho constitucional a ser protegido por el estado contra el hecho de estar siendo asesinado por criminales o por dementes.” Posteriormente, los fallos de la corte han coincidido.

Los perdedores: tanto aquellos que se oponen a la violencia doméstica como los grupos de las mujeres, tales como la National Association of Women Lawyers (Asociación Nacional de Mujeres Abogadas,) fracasaron en hacer que se establezca que las ordenes de restricción sean derechos constitucionales. Si hubiesen tenido éxito, la aplicación de tales ordenes hubiesen estado garantizadas por el debido proceso. El fracaso en aplicarlas hubiese sentado las bases para una demanda judicial contra la policía, un precedente al que los funcionarios locales temían que los hubiese inundado con una costosa litigación.

El análisis público del caso Castle Rock vs. Gonzales ha sido bastamente definido por estas dos posiciones encontradas.

Una tercera posición exclama: dado que los adultos responsables precisan de la capacidad de defenderse a sí mismos, ninguna ley o política debería impedir su acceso a la propiedad de armas.

Los adultos responsables—tanto varones como mujeres—tienen no solo un derecho sino también una necesidad de defenderse a sí mismos y a sus familias, con la fuerza letal de ser necesario. Si los partidarios en contra de la violencia doméstica se hubiesen concentrado en colocar un arma en la mano de Jessica y en entrenarla para su utilización, entonces las tres niñas Gonzales podrían aún estar con vida.

Sin embargo, la mayoría de los que se oponen enérgicamente a la violencia doméstica eluden a la propiedad de armas como una posible solución para la violencia doméstica. En cambio, suplican en favor de más intervención policial, a pesar incluso de que la policía no tiene ninguna obligación de proporcionar protección.

Cuando grupos como la National Organization for Women (NOW según su sigla en inglés) si se ocupan de la tenencia de armas, los hacen a fin de efectuar declaraciones tales como, “Las armas y la violencia doméstica hacen una combinación letal, lastimando y matando a las mujeres cada día.”

En síntesis, NOW trata a la cuestión de la tenencia de armas y de la violencia doméstica solamente a efectos de exigir una prohibición contra la capacidad de los abusadores—siempre definidos como los hombres—de poseer armas.

Esa posición puede ser defendible. Pero la misma ignora la mitad de la ecuación. Ignora la necesidad de las potenciales victimas de defenderse a sí mismas y a sus familias. Los anti-violencia doméstica y los grupos de las mujeres crean la impresión de que las armas son siempre parte del problema y nunca parte de la solución.

La actual corriente mayoritaria del feminismo—de la cual proviene la gran mayoría de los partidarios anti-violencia doméstica–es una expresión del liberalismo de izquierda. La misma rechaza a las soluciones privadas basadas en los derechos individuales en favor de leyes dirigidas a alcanzar objetivos sociales. Un individuo responsable portando un arma en defensa propia no encaja en su visión de la sociedad.

En el análisis final, tales partidarios no confían en el buen juicio de las mujeres a las que proclaman estar defendiendo. No consideran que las tres niñas de Jessica Gonzales hubiesen estado más seguras con una madre que se encontrase armada y educada en el uso de armas.

El claro mensaje del caso Gonzales merece ser repetido en virtud de que no lo escuchará en otra parte. La policía no tiene ninguna obligación de proteger a los individuos quienes, por consiguiente, deberán defenderse a sí mismos. El contenido de las leyes estaduales no importa; para la ley del estado de Colorado, a la policía le es exigido “emplear todo medio razonable para hacer cumplir una orden de protección.” La Corte Suprema se ha pronunciado y eso es lo que tenemos.

En la estela del caso Gonzales, todo partidario en contra de la violencia doméstica debería aconsejarle a las victimas de la misma –hombre o mujer—que aprendan a auto-defenderse. Deberían presionar políticamente en favor de la abrogación de cualquier ley o política que imposibilite la tenencia responsable de armas.

El verdadero significado de ser alquien que se opone a la violencia doméstica es el de ayudar a las victimas a salir de su victimidad y a alcanzar una posición de poder.

Traducido por Gabriel Gasave

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