Litigio Perú-Chile: la sombra de Bogotá
Los efectos del reciente fallo en la disputa entre Nicaragua y Colombia
no son tan claros para Perú y Chile. La próspera relación económica
entre ambos países no hacen esperable que se replique el trauma vivido
en Bogotá. Otro tema será lo electoral.
Con respecto a Colombia y Nicaragua, una lectura mínimamente rigurosa
del dictamen indica cuatro cosas: 1) Colombia ganó mucho más que
Nicaragua. 2) Colombia perdió lo que perdió porque no existe un tratado
de límites marítimos entre ambos países ni nada que se le parezca. 3) La
fórmula equitativa mediante la cual La Haya le recorta a Colombia algo
de la zona marítima de sus islas supone de todas formas para Nicaragua
una reducción muy importante del área que le correspondería por ser su
costa ocho veces más larga que la costa de las islas colombianas en
cuestión. 4) La corte echó por tierra la pretensión nicaragüense de
dividir a medias una parte de su plataforma continental que según
Managua se solapa con la colombiana y que para los jueces no venía a
cuento, porque el gobierno de Daniel Ortega no ha mostrado que su margen
continental llegue tan lejos.
Es cierto que el último asunto podría ser motivo de una demanda
futura si Nicaragua creyera que tiene las pruebas de que su margen
continental va más allá de 200 millas. Pero si no lo pudo probar ahora,
nada hace prever que lo pueda probar después. En cualquier caso, la
salida del Pacto de Bogotá por parte de Colombia que está en marcha
vuelve irrelevante la hipótesis de una nueva demanda.
No tiene sentido discutir aquí en gran detalle todo el dictamen. Lo
importante es que la soberanía colombiana sobre las islas se mantuvo
porque el tratado de 1928 (Esguerra-Bárcenas), que se refiere a
fronteras terrestres y no marítimas, así lo definió y que, aunque es
cierto que Colombia perdió algo de mar, La Haya aplicó una solución que
nada tiene que ver con una línea equidistante o línea media, sino con
una fórmula equitativa, según la cual Nicaragua queda con un área sólo
tres veces y media más grande que Colombia en la zona en disputa, aun
cuando su costa es ocho veces más larga que la de las islas. Estas
proporciones, insisto, se refieren a la zona en disputa solamente, no a
la zona marítima total, que en el caso colombiano obviamente incluye,
además de las islas, la proyección desde su costa continental hacia el
Caribe y hacia el Pacífico, asunto que no era materia de este juicio.
Desde el punto de vista del litigio entre Perú y Chile, ¿qué lección
se puede extraer? Primero, que los tratados son determinantes. Sin el
tratado de 1928, Colombia habría tenido graves problemas para hacer
valer su soberanía sobre la islas: el documento internacional pesa más
que cualquier otra consideración. Precisamente por eso La Haya tuvo que
tomar una decisión “equitativa” con respecto al mar: porque no había
tratado (o convenio o acuerdo equivalente) alguno.
El Perú sostiene que los documentos firmados junto con Chile y
Ecuador en 1952 y 1954 no son tratados de delimitación, que el decreto
supremo de 1947 tampoco fijó una frontera marítima y que la actuación
posterior de las autoridades peruanas, incluida la comisión mixta que a
fines de los 60’ fijó las torres de enfilamiento para que desde el mar
pudiera verse una línea de iluminación, no implica haber reconocido una
demarcación en el mar. Sin embargo, hay que admitir que, nos guste o no,
esto es por lo menos discutible, dadas las referencias al paralelo como
límite que hay tanto en esos documentos como en las actas de la
actuación oficial peruana en distintos momentos. Colegir de la posición
del Perú ante La Haya que la argumentación peruana es igualmente sólida
que la nicaragüense, es muy optimista: no hay documentos que aludan a
una frontera marítima entre Colombia y Nicaragua ni por descuido.
Podemos discutir si para el Perú los documentos tenían la misma fuerza
que para Chile en décadas pasadas y si Chile siempre los vio como
determinantes de una frontera, pero no hay duda de que, en el juicio de
La Haya, Colombia no tenía en sus manos nada comparable a la
documentación que tiene Chile para mostrar que una delimitación marítima
fue aceptada por la otra parte.
Además de ello, la línea equidistante o línea media -lo que pide el
Perú- no es lo que ha usado La Haya para delimitar la frontera marítima
en su dictamen del 19 de noviembre sobre Colombia y Nicaragua. El fallo
muy explícitamente desecha la línea media como frontera entre la costa
nicaragüense y la costa de las islas colombianas frente a su territorio.
La razón que da es doble: que la costa nicaragüense es ocho veces más
larga (las proporciones, por tanto, serían demasiado dispares en caso de
usarse ese criterio) y que si se usara ese método habría amputaciones
en los espacios marítimos de las partes. Por tanto, en vez de la línea
media, se da una solución que la corte considera “equitativa”: mueve la
línea media hacia el este, lo que beneficia a Colombia y perjudica a
Nicaragua, pero también impide su proyección natural de esa línea hacia
el norte y el sur, porque en ese caso dejaría a Colombia
desproporcionadamente mejor. La solución equitativa al final deja a
Nicaragua con un área tres veces y media más grande en la zona en
disputa, lo que no deja nada mal parada a Colombia si se tiene en cuenta
que la costa de sus islas es ocho veces más corta que la nicaragüense.
El Perú ha pedido a la corte simultáneamente -y los abogados lo han
argumentado con solidez- una línea equidistante y una solución
equitativa. Esto es interesante, teniendo en cuenta que, en el caso
Colombia-Nicaragua, ambas cosas, según La Haya, son incompatibles.
Históricamente la línea equidistante y la solución equitativa fueron
vistas como incompatibles cuando se codificó el derecho marítimo. Las
negociaciones de cara a la Convención sobre el Derecho del Mar -la
famosa Constitución de los mares de 1982 que todo el mundo cita-
produjeron un gran enfrentamiento entre los países que pedían la línea
equidistante y los que pedían la solución equitativa. Al final, como en
toda negociación internacional, se buscó una fórmula transaccional y
vaga, según la cual se opta por la línea equidistante a menos que haya
acuerdos entre las partes, títulos históricos o circunstancias
especiales (como es obvio, caben muchísimas cosas dentro de este
espectro: por eso digo que la fórmula que establece la Convención del
Derecho del Mar en la práctica es vaga).
Los dirigentes y periodistas que han convencido a tantos peruanos de
que lo ocurrido en el caso de Colombia y Nicaragua corrobora, sin ningún
género de duda, la tesis peruana, están exagerando mucho. Y los ex
presidentes chilenos asustados porque creen que lo que se usó en ese
mismo caso fue una solución salomónica, también exageran. Si la tesis
peruana de la línea equidistante triunfa en el juicio contra Chile, no
será evidente, al menos no a primera vista, la relación entre ese fallo y
la sentencia del caso colombo-nicaragüense.
Ahora bien: ¿qué riesgo hay de que en el caso chileno-peruano se repita el trauma vivido en Colombia?
Como se sabe, el gobierno de Juan Manuel Santos ha denunciado el
Pacto de Bogotá. En vista de la fuerte resaca política -su popularidad
ha caído quince puntos con respecto a una encuesta hecha dos meses
antes-, Santos ha dado señales ambiguas sobre el acatamiento del
dictamen, manteniendo una presencia naval en la zona en disputa y
pidiendo a Nicaragua negociar un tratado (además de solicitar a La Haya
ciertas aclaraciones). Lo cierto es que todo indica que Colombia se está
retirando del Pacto de Bogotá para hacer un gesto interno y para evitar
una nueva demanda, no para desacatar este fallo abiertamente. La
actitud de Nicaragua -que no pedirá a la ONU que se retire la armada
colombiana, permitirá a Colombia pescar en su zona y no otorgará
concesiones petroleras en la reserva de la biosfera “Flor del Mar”-
indica que ya hay una negociación con Colombia. Es decir: Bogotá está
buscando una fórmula que le permita salvar cara para acatar el fallo.
Lo que está por verse, claro, es el efecto político de mediano plazo
en Colombia. En Nicaragua, donde Daniel Ortega ya ha logrado establecer
un régimen con fuertes elementos autoritarios, la percepción de triunfo
fortalece ese propósito. En Colombia, no sabemos cómo afectará esto a
Santos, que buscará la reelección (en su caso legítimamente) en 2014. Ni
cómo beneficiará a los aliados del ex mandatario Alvaro Uribe, que han
estado al frente del rechazo a lo ocurrido en La Haya. Pero no puede
descartarse que los sectores más duramente nacionalistas saquen provecho
y que el gobierno, que había logrado recuperar mucho terreno tras un
bache de popularidad a comienzos de este año, tenga fuerte viento en
contra.
En el caso de Chile y Perú no existe posibilidad de desacato al
dictamen que se dará en los próximos meses. La percepción de un
significativo número de peruanos de que Chile no acatará el fallo
expresa tres cosas: 1) Un triunfalismo algo prematuro inducido por
muchos políticos, diplomáticos y periodistas que no han explicado las
cosas con amplitud y han dado la sensación de que no hay argumentos
contrarios mínimamente dignos de respeto. 2) Una vieja desconfianza
hacia Chile, que en los últimos años había perdido mucho terreno, pero
que este caso ha recobrado cierto aliento. 3) Una reacción temporal y
espontánea que contradice los intercambios impresionantes entre peruanos
y chilenos: nunca se viajó más, invirtió más y comerció más entre ambos
países.
El gobierno chileno ha dado tantas garantías públicas de acatamiento
que es inconcebible un escenario en que ello no suceda si triunfa la
posición peruana. En el caso del Perú, evidentemente no se da siquiera
la hipótesis del no acatamiento, puesto que en el peor escenario las
cosas seguirán como están, y desacatar el dictamen sólo sería posible
mediante una acción física que nadie se atrevería a plantear en serio.
Pero aun si no hay posibilidad de desacato, ¿existe riesgo de una
reacción “a la colombiana” en la opinión pública del Perú o de Chile? Me
temo que en algunos sentidos sí, aunque no creo que en los mismos
niveles que en Colombia y tampoco creo que esa reacción dure demasiado.
En el Perú, la falta de prudencia de muchos políticos, diplomáticos y
periodistas ha creado una seguridad absoluta en el triunfo, y no es
difícil prever que la frustración, si esa victoria no se diera, sería
considerable. En cambio, sí podría sufrir en el corto plazo el clima de
la relación con Chile, pues la presión de esa frustración sobre las
autoridades y los agentes económicos no sería pequeña. Dicho esto, dudo
mucho -por el salto de gigante que han dado las relaciones- que el
efecto duraría mucho tiempo. A mediano y largo plazo cuesta suponer que
esa frustración afectaría las relaciones.
En el caso de Chile, si el dictamen es adverso, acaso el rechazo de
la ciudadanía y la opinión pública sea bastante menos airado del que
hemos visto en Colombia, dado que está mucho más extendido que en el
Perú el sentimiento de que algo pueden perder. Además, el gobierno ha
exhibido bastante prudencia en los últimos meses, quizá previendo esto
mismo. Por último, dudo mucho que un dictamen adverso tenga un efecto
paralizante para esos empresarios que han llevado la inversión chilena
en el Perú a casi 12 mil millones de dólares, para esos comerciantes que
intercambian con sus pares peruanos algo menos 5 mil millones de
dólares anuales y para esos viajeros que han sustituido a Argentina por
el vecino del norte como principal destino exterior. Al menos no de
forma muy notoria y no por mucho tiempo.
En lo que no me atrevo a hacer pronósticos es en las consecuencias
electorales, tanto en el Perú como en Chile, de un dictamen favorable o
desfavorable. Dada la línea de continuidad en los equipos y en el
trabajo de ambas partes, y lo difícil que es establecer
responsabilidades principales de forma aislada, resulta impredecible el
efecto que el entusiasmo de unos y la desmoralización de otros pueda
tener en términos electorales. Si alguno tiene.
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