El 26 de julio, el Tribunal de Apelaciones de Nuevo México revocó el pronunciamiento de un tribunal inferior que terminaba con los derechos paternos de un padre biológico. Esta causa que sentó un precedente se refiere a ‘un papá cerrojo’—es decir, a un padre que es apartado de la vida de su hijo, en este caso en virtud de la adopción.

A la edad de tres años, el hijo de Mark Huddleston fue ubicado con una familia que eventualmente lo adoptó. Huddleston supo de este hijo cuando el bebé tenía dos meses de edad; inmediatamente procuró obtener su tenencia. La consecuente batalla legal insumió dos años y el niño ahora tiene 2 años y medio. El menor puede pronto ser arrancando de los únicos padres que ha conocido y ser entregado a un extraño.

Pero, si ese extraño resulta ser un papa biológico cariñoso, ¿no tiene entonces el padre el derecho a criar a su propio hijo?

El dilema fue creado por una agencia de adopción que actuó sin ninguna consideración por los lazos biológicos que constituyen la familia. Al hacerlo, la misma expresó el desprecio general de la sociedad por el papel que le cabe a un padre biológico en la adopción. A su vez, un tribunal de distrito trató a ese rol con un respeto menor al que de costumbre se le concede al papel de la madre.

La cuestión de a quiénes el niño llama ‘papis’ pasará casi con seguridad a la Corte Suprema estadual. Como resultado de ello, un joven puede resultar psicológicamente dañado para siempre. Además, un escalofrió puede recaer sobre las adopciones en Nuevo México en la medida que lo potenciales padres observen que el peor de sus temores es desplegado ante un tribunal: un progenitor biológico exige la tenencia de un niño que fue legalmente adoptado.

El sufrimiento y los padecimientos fueron innecesarios.

Los detalles de esta causa son los siguientes.

En 2003, el por entonces divorciado Huddleston rompió en malos términos con una mujer que ocho meses más tarde dio a luz a un hijo de ambos. Huddleston, que es también padre de dos hijos ya adultos, afirmó que desconocía la existencia de ese embarazo.

El 23 de abril de 2004, Huddleston, quien se había vuelto a casar, recibió una carta de la agencia privada Adoptions Plus. La misma lo alertaba de su posible paternidad de un niño que había sido puesto en adopción dos meses antes.

A la mañana siguiente, los Huddlestons se reunieron con la Directora Ejecutiva de la firma Adoptions Plus. Ella manifestó que la agencia había sabido de su posible paternidad antes del nacimiento del niño y que había intentado contactarlo. Sin embargo, en esta instancia, dijeron que él ya carecía de derecho alguno para hacer valer.

El 27 de abril, Huddleston inició una demanda legal para obtener la tenencia; las pruebas de ADN resultantes corroboraron su paternidad.

Al mismo tiempo y a pedido de los Huddleston, el Departamento de los Niños, los Jóvenes y las Familias de Nuevo México (CYFD es su sigla en inglés) investigó a Adoptions Plus, de la cual el CYFD es la autoridad de contralor. El CYFD descubrió que la agencia no había realizado esfuerzos diligentes a fin de contactar a Huddleston y ordenó que el bebé fuese regresado a uno de sus progenitores biológicos.

Antes de que la orden fuese efectivizada, sin embargo, el caso fue a juicio y el tribunal le permitió a Huddleston una visita supervisada del menor. El 5 de enero de 2005, vio por vez primera a su hijo de once meses.

El 10 de marzo, el tribunal terminó con los derechos paternales de Huddleston.

El fallo del juez se basó en dos factores: le creyó a la madre cuando sostuvo que Huddleston sabía del embarazo; y, el niño se había encariñado con los padres adoptivos Bobby y Rosario Romero.

Ellos finalizaron con los trámites de adopción pese a la clara intención de Huddleston de apelar el pronunciamiento.

Tuvo éxito. El 26 de julio, el Tribunal de Apelaciones hallo que el tribunal inferior se había “concentrado de manera inadecuada en la conducta de Mark anterior al nacimiento, y que de ese modo el hallazgo del tribunal de que Mark presuntamente abandonó al niño no está avalado por una evidencia sustancial”.

Resumiendo, ya sea que supiese o no del embarazo, su consentimiento era todavía exigido para la adopción. El juez puede haber estado de acuerdo con el argumento de Huddleston de que el hecho de haber dedicado más de dos años y $60.000 a lograr la tenencia era una evidencia de su no-abandono.

El Tribunal encontró que la ley del estado de Nuevo México no cierra las puertas a los reclamos de último momento, permitiendo de esa manera que los padres biológicos puedan objetar una adopción hasta el momento en que la misma quede concluida.

La causa ha sido remitida al tribunal inferior pero es improbable que concluya allí. Los Romeros están dispuestos a apelar un fallo desfavorable ante la Corte Suprema del estado. Por su parte, Huddleston está actualmente demandando derechos de visita inmediatos y la tenencia definitiva. Mientras tanto, el niño permanece con los Romeros; Huddleston no ha visto a su hijo en un año.

¿Cómo puede prevenirse una pesadilla similar en Nuevo México y otras partes?

A modo de solución, algunos apuntan a los registros de padres putativos (o supuestos) , los cuales difieren según el estado. En efecto, los registros dicen que un hombre que ha tenido sexo sin protección con una mujer debe denunciar ese hecho al estado dentro de límites de tiempo variables en torno al nacimiento de un niño a fin de retener sus derechos paternales en caso de adopción. (Huddleston se registró en Nuevo México tras descubrir su paternidad).

Otros sostienen que tener que registrar una noche en los registros estaduales a efectos de preservar los derechos paternales coloca una carga no equitativa sobre el padre. Después de todo, si nace un niño, el hombre es casi automáticamente considerado responsable de su manutención. ¿Por qué sus derechos son menos automáticos que sus responsabilidades?

En su lugar, ¿por qué no procurar sencillamente descubrir a todos los padres potenciales y realizar la debida diligencia para contactarlos?

Michael McCormick de la American Coalition for Fathers and Children con sede en Washington D.C. considera que el problema es un prejuicio en contra de los padres en los tribunales de familia. Cree que Huddleston es la victima de una agencia de adopción que veía a los padres “como un escollo”.

Cualquiera sea la solución que resulte implementada, la misma es probable que no garantice que no ocurrirá otra tragedia al estilo de la de Huddleston; a veces los padres biológicos no pueden ser encontrados. Pero el hecho de tomar a los derechos y el consentimiento del padre tan seriamente como a los de la madre reduciría bastamente la incidencia.

Mientras tanto, la gente que se pregunta por qué las adopciones en el ‘extranjero’ son tan populares no precisan mirar más allá del caso Huddleston. La adopción de un niño de China puede ser un laberinto burocrático, pero la misma elimina la posibilidad de que un padre biológico se aparezca en la puerta de casa.

Traducido por Gabriel Gasave


Wendy McElroy es Investigadora Asociada en the Independent Institute y directora de los libros del Instituto, Freedom, Feminism and the State y Liberty for Women: Freedom and Feminism in the Twenty-first Century.