El Procurador General, Eric Holder debe ser elogiado por examinar la constitucionalidad del espionaje al por mayor del Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York (NYPD) en las vidas de las personas basándose únicamente en su fe musulmana. Dado que Holder es un hombre ocupado, podría ahorrarse bastante tiempo con tan sólo extraer un ejemplar de la Constitución de los Estados Unidos y leerla.

Por desgracia, en la histeria posterior al 11 de septiembre, el Poder Ejecutivo, el Congreso y los tribunales han permitido a las agencias policiales—federales, estaduales y locales—llevar a cabo actos de vigilancia, allanamiento e incautación extra-constitucionales. Estas acciones han confundido cuál espionaje debería ser considerado claramente inconstitucional.

La policía de la Ciudad de Nueva York llevó a cabo actos generalizados de espionaje sin orden judicial y creó archivos policiales sobre individuos, empresas, mezquitas, y grupos universitarios musulmanes sin ningún tipo de causa probable de que se habían cometido delitos. Y este espionaje se salió de la jurisdicción del departamento de policía para incursionar en Long Island, Nueva Jersey y Connecticut. La policía incluso envió a un agente encubierto en un viaje para practicar rafting en rápidos organizado por estudiantes.

Uno pensaría que este caso sería abierto y cerrado, pero los tribunales han permitido al Poder Ejecutivo infundir temor a fin de abrirse camino hacia la vigilancia y los allanamientos sin orden judicial como una forma de vida en el mundo post-11/09. La Cuarta Enmienda de la Constitución establece:

No se violará el derecho del pueblo a la seguridad en sus personas, hogares, documentos y pertenencias, contra allanamientos e incautaciones fuera de lo razonable, y no se emitirá ningún Mandamiento judicial para el efecto, si no es en virtud de causa probable [de que se ha cometido un delito], respaldada por Juramento o promesa, y con la descripción en detalle del lugar que habrá de ser allanado y de las personas o efectos que serán objeto de detención o incautación.

Esta enmienda fue aplicada a las localidades y los estados por la Enmienda 14, que establece:

Ningún estado aprobará o hará cumplir ley alguna que restrinja los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de Estados Unidos; ni ningún Estado privará a persona alguna de su vida, su libertad o su propiedad sin el debido procedimiento legal; ni negará a nadie, dentro de su jurisdicción, la protección de las leyes en un plano de igualdad.

La policía de la Ciudad de Nueva York no obtuvo autorización de los tribunales para espiar a personas tan sólo por ser musulmanas, ya que no podría haberla obtenido; como dice la Constitución, la causa probable de la comisión de un delito es necesaria para que cualquier juez emita tales órdenes. Así que la policía espió sin orden judicial. Sin embargo, la protección de la Cuarta Enmienda contra los allanamientos e incautaciones no razonables—es decir, aquellos que no cuentan con una autorización judicial—carece de una exención por razones de “seguridad nacional”.

Por otra parte, la Cuarta Enmienda requiere que la vigilancia o los allanamientos cuenten con una autorización que indique el lugar específico relacionado con un delito que puede ser requisado; es decir, ninguna autorización general para requisarlo todo, como se les permitía a las tropas británicas durante los viejos malos tiempos coloniales, está permitida. Sin embargo, el hecho de espiar a personas, negocios, mezquitas y grupos universitarios sólo porque son musulmanes huele a algo general, y por lo tanto a una requisa inconstitucional.

Finalmente, la Enmienda 14 claramente concede igualdad de protección conforme las leyes a todas las personas, sin importar su religión o idea política. Seleccionar a individuos para la vigilancia sólo porque son musulmanes es una flagrante violación a esta disposición—como lo fue cuando activistas políticos (que protestaban contra la Guerra de Vietnam y los defensores de los derechos civiles) fueron espiados en las décadas de 1960 y 1970. Así que por lo tanto, el hecho de plantear una objeción a esta disposición implica defender no sólo los derechos de los musulmanes, sino los derechos de todos los estadounidenses.

La trillada excusa para el mal comportamiento policial—que si la gente, en este caso los musulmanes, no están haciendo nada malo, no deberían preocuparse por el espionaje del gobierno en sus asuntos—carece de sentido. La gente tiene derecho a la privacidad, las autoridades pueden cometer, y de hecho a menudo cometen, errores al arrestar a personas inocentes como resultado de dicho espionaje inconstitucional, y cuando la gente sabe que la policía está observando, ello puede desalentar sus actividades legítimas. Por ejemplo, los musulmanes en Nueva Jersey se han vuelto reacios a unirse a los grupos basados en el Islam, rezar en las mezquitas o frecuentar restaurantes o negocios musulmanes por temor a ser observados por la policía o ser víctimas de la culpabilidad por asociación.

Y no sólo el espionaje generalizado a la comunidad musulmana es inconstitucional, también es contraproducente para la seguridad. Alienar a la comunidad musulmana mediante dicho espionaje excesivo induce a que se sospeche de la policía y que las carretas formen un círculo en su contra. Como resultado, la comunidad islámica, que es la que mejor podría notificar sobre una anómala trama extremista en su seno, será más reacia a denunciar cualquier comportamiento sospechoso a la policía.

Por lo tanto, como de costumbre, ningún conflicto real existe entre la defensa de los derechos constitucionales y hacer que la gente está segura, pero usted nunca lo sabría escuchando la propagación del miedo por parte del alcalde Michael Bloomberg y el Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York en defensa de este atroz, autoritario y anti-estadounidense espionaje interno.

Traducido por Gabriel Gasave


Ivan Eland es Asociado Senior en el Independent Institute y Director del Centro Para la Paz y la Libertad del Instituto.